martes, 20 de marzo de 2012

¿Lo tienes claro?

Reforma laboral 2012:
  1. El despido será más fácil y barato ya que, lo común, será una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de una anualidad.
  2. El empresario podrá reducir mi salario y los complementos. También podrá cambiar mi horario y mi jornada, además de poder modificar los turnos y cambiar mis vacaciones. Ciertamente, si no me interesan los cambios, podré romper el contrato. En ese caso, todo lo que me quedará será una indemnización de 20 días por un máximo de nueve meses.
  3. El empresario podrá exigirme otras funciones y tareas diferentes a las que tengo reconocidas en el Convenio o en mi contrato. También podrá decidir mi traslado, incluso de ciudad.
  4. El empresario podrá despedirme simplemente porque haya tenido menos ingresos o ventas en los últimos tres trimestres. Si tengo un contrato laboral en la Administración Pública, podré verme afectado/a por un Expediente de Regulación de Empleo y ser despedido.
  5. Mi empresa podrá hacer Expedientes de Regulación de Empleo sin ninguna autorización previa. 
  6. Me podrán despedir si falto al trabajo por 9 o más días en dos meses o 13 o más días en 4 meses por enfermedad común, aunque esté justificada.
  7. La contrarreforma también me afecta aunque tenga un contrato indefinido anterior a su entrada en vigor (12 de febrero de 2012). La indemnización, si me despiden de forma improcedente, era de 45 días por año hasta ese día, pero de 33 días a partir de ese momento. El período máximo de indemnización será de 720 días y no de 42 meses. Si con el tiempo trabajado hasta el 12 de febrero, me correspondieran más de 720 días, ese será el número de días que contará y no el que me corresponda por todo el período trabajado.
  8. Quedo sin la protección de un convenio colectivo si trabajo en una empresa pequeña.
  9. Si cobro el desempleo y encuentro un trabajo, pagaré parte de mi propio salario con lo que me quede de paro.
  10. Si soy joven pueden hacerme un contrato con 1 años de período de prueba al final del cual pueden despedirme sin indemnización alguna.
  11. Esta es la contrarreforma de los grandes empresarios que hace pagar la crisis a quienes trabajamos y es, también, la contrarreforma que condena a los y las jóvenes a la precariedad más absoluta, abre la puerta de los servicios públicos de empleo a las ETTs y permite contratos más y más precarios.
Con esto hay suficientes razones para ir a la huelga,esque ni el miedo al despido te puede echar para atrás,si no apoyas la huelga para echar atrás esta reforma,acabarás en la calle cuando a tu jefe le de la gana igual.
Tú decides.

No hay comentarios:

Publicar un comentario